Asociación Civil Bolivariana "Defensores del bolívar"

domingo, octubre 21, 2007

LAS RAZONES DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL

Por HUMBERTO DECARLI R.
humbertodecarli@yahoo.es

Las teorías contractualistas derivadas de la ideología liberal burguesa radican en un contrato social el origen de una constitución. Esa es una óptica tradicional mantenida por mucho tiempo por quienes creen en el dogma de que la democracia representativa es el desiderátum.

Sin embargo, las tesis contemporáneas han analizado a fondo la naturaleza del poder y alcanzan posiciones diferentes. Conciben a la máxima ley como el reflejo de los conflictos de dominio en una sociedad en un momento histórico. La Carta Magna expresa directamente la ideología de la cúpula detentadora del Estado impuesta al resto de la sociedad.

En este sentido se inscribe lo ocurrido actualmente en Venezuela. El esfuerzo oficial por aprobar la reforma reside en desplazar el modelo político puntofijista hacia una concentración de poder en la figura del presidente. Asimismo, se crea el Poder Comunal sin origen comicial y con Consejos dirigidos desde Miraflores así como entes Obreros, Campesinos y Estudiantiles con un fuerte olor a corporativismo mussoliniano.

De la misma manera el nuevo texto constitucional recoge situaciones fácticas no reguladas por normas jurídicas como el manejo por el Jefe del Estado de las reservas internacionales, las misiones, la eliminación de la autonomía del Banco Central y destinar a la fuerza armada como ente policial. Esas coyunturas existían previamente y sólo faltaba incorporarlas a la constitución.

La nueva geometría del poder es una reformulación de las entidades territoriales y funcionales en manos del Presidente de la República con potestad para crearlas y modificarlas a su antojo. La orientación es establecer una extremada densidad en las facultades de la cabeza del ejecutivo nacional.

Ahora bien, cabe preguntarse hacia dónde apunta esta tendencia que convierte al presidente como un monarca o dictador. No es otra que estatuir un modelo de libre ejecución donde no haya espacio de negociación con nadie y así dar respuestas ejecutivas frente a los centros mundiales de dominación.

En este sentido, el panorama energético no es alentador debido a la escasa existencia petrolera con reservas cada vez menguadas y con dificultad de conseguir nuevos pozos para responder a una demanda cada vez mayor debido a la expansión de las economías china e india, la carencia de refinerías, el desastre americano en Irak, el sabotaje en el delta del río Níger y los fenómenos naturales en el Golfo de México.

Las transnacionales energéticas fósiles se encuentran presionadas para adquirir producción y reservas y el actual gobierno les ha concedido esos beneficios a través de las empresas mixtas. No es casual que Exxon Mobil, la corporación con más reservas, sea la única enfrentada a esta administración.

Con una constitución reformada de la manera como se ha proyectado, el gran capital internacional y en especial el de las fuentes fósiles (petróleo, gas y carbón), tendrá todos los beneficios de una gestión gubernamental cuyo telon es la obtención de recursos financieros para continuar el incontenible gasto público. Asimismo, no hay necesidad de inversión extranjera en el ámbito productivo porque la finalidad de las transnacionales se reduce a extraer los petrodólares percibidos por el Estado venezolano. En esas circunstancias se encuentran los motivos reales y urgentes para adecuar el pináculo del ordenamiento jurídico a la mundialización de la economía y la política.